Seguridad e Higiene y Capacitación y Adiestramiento
Protege tu patrimonio disminuyendo la probabilidad de accidentes y enfermedades de trabajo y eleva la competitividad de tu empresa por medio de la capacitación y adiestramiento de tu personal como lo establece la Ley Federal del Trabajo.
En Laboralty estamos convencidos que:
- Implementar las comisiones mixtas de seguridad e higiene y capacitación y adiestramiento es una de las mejores decisiones que un patrón puede hacer para profesionalizar su empresa en el área de relaciones laborales.
- No contar con las comisiones mixtas y sus procedimientos va en contra de la ley, además de hacer mas vulnerable la protección del patrimonio de las empresas en México.
- Las relaciones de trabajo se fortalecen, al otorgar certeza legal a los trabajadores, además de elevar el sentido de pertenencia de los empleados con la empresa.
¿Qué son las comisiones mixtas de Seguridad e Higiene y Capacitación y Adiestramiento?
Fundamento legal de las comisiones
Artículo 153-A. Los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a
recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida, su
competencia laboral y su productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común
acuerdo, por el patrón y el sindicato o la mayoría de sus trabajadores.
Para dar cumplimiento a la obligación que, conforme al párrafo anterior les corresponde, los patrones
podrán convenir con los trabajadores en que la capacitación o adiestramiento se proporcione a éstos
dentro de la misma empresa o fuera de ella, por conducto de personal propio, instructores especialmente
contratados, instituciones, escuelas u organismos especializados, o bien mediante adhesión a los
sistemas generales que se establezcan.
Las instituciones, escuelas u organismos especializados, así como los instructores independientes
que deseen impartir formación, capacitación o adiestramiento, así como su personal docente, deberán
estar autorizados y registrados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Los cursos y programas de capacitación o adiestramiento, así como los programas para elevar la
productividad de la empresa, podrán formularse respecto de cada establecimiento, una empresa, varias
de ellas o respecto a una rama industrial o actividad determinada.
La capacitación o adiestramiento a que se refiere este artículo y demás relativos, deberá impartirse al
trabajador durante las horas de su jornada de trabajo; salvo que, atendiendo a la naturaleza de los
servicios, patrón y trabajador convengan que podrá impartirse de otra manera; así como en el caso en
que el trabajador desee capacitarse en una actividad distinta a la de la ocupación que desempeñe, en
cuyo supuesto, la capacitación se realizará fuera de la jornada de trabajo.
Artículo 153-J. Para elevar la productividad en las empresas, incluidas las micro y pequeñas
empresas, se elaborarán programas que tendrán por objeto:
VIII. Mejorar las condiciones de trabajo, así como las medidas de Seguridad e Higiene;
Artículo 475 Bis.- El patrón es responsable de la seguridad e higiene y de la prevención de los
riesgos en el trabajo, conforme a las disposiciones de esta Ley, sus reglamentos y las normas oficiales
mexicanas aplicables.
Artículo 509.- En cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e
higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual número de representantes de los trabajadores y
del patrón, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para
prevenirlos y vigilar que se cumplan.
Ahora que conoces lo que exige la Ley Federal del Trabajo y los beneficios de implementar las Comisiones mixtas de seguridad e higiene y capacitación y adiestramiento, ¿Cómo las puedes implementar?
Te presentamos al Plan de Blindaje Patronal más completo de todo México:
Controlador Laboral
El Controlador Laboral es el único y más completo Plan de Blindaje Patronal en todo México, que deberás de implementar en tu empresa para cumplir con la ley y dejarte de preocupar por conflictos y demandas laborales, ya que durante este programa aprenderás e implementarás todo lo necesario para resolver cualquier conflicto laboral fácil y rápido.
Este programa consta de 5 módulos, y en este cuarto módulo se implementan las comisiones mixtas de seguridad e higiene y capacitación y adiestramiento además de sus procedimientos para su correcta ejecución. Conoce más a fondo este cuarto módulo y descubre el impacto positivo en protección legal que tendrá en tu empresa.
Módulo de Seguridad e Higiene y Capacitación y Adiestramiento.
Te mostramos la estrategia paso a paso para blindar tu patrimonio. Todo puede coemnzar con este cuarto módulo.
Documentos que podrás implementar:
- Aviso de riesgo de trabajo.
- Acta de integración de la comisión mixta de seguridad e higiene.
- Actade recorridos de la comisión de seguridad e higiene.
- Programa anual de recorridos de verificación de la comisión de seguridad e higiene.
- Aviso de competencia laboral.
- Aviso de incompetencia laboral.
- Comisión mixta de capacitación, adiestramiento productividad.
- Evaluación del desempeño laboral para contratos con periodo de prueba o capacitación.

Este módulo incluye:
- Planeación legal laboral de los documentos de acuerdo al giro y actividad patronal.
- Elaboración de los documentos laborales de acuerdo al giro y actividad patronal.
- Capacitación legal sobre la implementación y aplicación de los documentos (patrón – trabajador).
- 20 sesiones virtuales de asistencia legal con un abogado laboralista en la aplicación y suscripción de los documentos elaborados en este módulo.


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Una vez que implementas este módulo de nuestro programa, ¿Qué es lo que sigue?
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- Implementa el resto de los módulos de este Plan de Blindaje Laboral Controlador Laboral. Contrata el resto de los módulos de este plan para maximizar el blindaje laboral de tu empresa.
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