Documentos laborales complementarios

Los puntos finos y los detalles en las relaciones de trabajo pueden llegar a marcar una muy importante diferencia entre ganar o perder una demanda laboral. Para tener en tu empresa un Blindaje Laboral Total, definitivamente requieres implementar estos documentos. 

En Laboralty estamos convencidos que:

  • Implementar los documentos complementarios es una de las mejores decisiones que un patrón puede hacer para profesionalizar su empresa en el área de relaciones laborales.
  • No contar con estos documentos laborales pone en riesgo todo el blindaje laboral de la empresa, además de hacer mas vulnerable la protección del patrimonio de las empresas en México. 
  • Las relaciones de trabajo se fortalecen, al otorgar certeza legal a los trabajadores, además de elevar el sentido de pertenencia de los empleados con la empresa. 

¿Qué son los Documentos Laborales Complementarios?

Fundamento legal de los Documentos Laborales Complementarios

Artículo 784.- El Tribunal eximirá de la carga de la prueba al trabajador, cuando por otros medios esté
en posibilidad de llegar al conocimiento de los hechos, y para tal efecto a petición del trabajador o de
considerarlo necesario requerirá al patrón para que exhiba los documentos que, de acuerdo con las
leyes, tiene la obligación legal de conservar en la empresa, bajo el apercibimiento de que, de no
presentarlos, se presumirán ciertos los hechos alegados por el trabajador. En todo caso, corresponderá
al patrón probar su dicho cuando exista controversia sobre:
I. Fecha de ingreso del trabajador;
II. Antigüedad del trabajador;
III. Faltas de asistencia del trabajador;
IV. Causa de rescisión de la relación de trabajo;
V. Terminación de la relación o contrato de trabajo para obra o tiempo determinado, en los
términos de los artículos 37, fracción I, y 53, fracción III, de esta Ley;
VI. Constancia de haber dado por escrito al trabajador o al Tribunal de la fecha y la causa del
despido.
La negativa lisa y llana del despido, no revierte la carga de la prueba.
Asimismo, la negativa del despido y el ofrecimiento del empleo hecho al trabajador, no exime al
patrón de probar su dicho;
VII. El contrato de trabajo;
VIII. Jornada de trabajo ordinaria y extraordinaria, cuando ésta no exceda de nueve horas
semanales;
IX. Pagos de días de descanso y obligatorios, así como del aguinaldo;
X. Disfrute y pago de las vacaciones;
XI. Pago de las primas dominical, vacacional y de antigüedad;
XII. Monto y pago del salario;
XIII. Pago de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas; y
XIV. Incorporación y aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social; al Fondo Nacional de la
Vivienda y al Sistema de Ahorro para el Retiro.
La pérdida o destrucción de los documentos señalados en este artículo, por caso fortuito o fuerza
mayor, no releva al patrón de probar su dicho por otros medios.

Artículo 804.- El patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos que a
continuación se precisan:
I. Contratos individuales de trabajo que se celebren, cuando no exista contrato colectivo o
contrato Ley aplicable;
II. Listas de raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo; o recibos de
pagos de salarios;
III. Controles de asistencia, cuando se lleven en el centro de trabajo;
IV. Comprobantes de pago de participación de utilidades, de vacaciones y de aguinaldos, así como
las primas a que se refiere esta Ley, y pagos, aportaciones y cuotas de seguridad social; y
V. Los demás que señalen las leyes.
Los documentos señalados en la fracción I deberán conservarse mientras dure la relación laboral y
hasta un año después; los señalados en las fracciones II, III y IV, durante el último año y un año después
de que se extinga la relación laboral; y los mencionados en la fracción V, conforme lo señalen las Leyes
que los rijan.

Artículo 805.- El incumplimiento a lo dispuesto por el artículo anterior, establecerá la presunción de ser ciertos los hechos que el actor exprese en su demanda, en relación con tales documentos, salvo la prueba en contrario.

 

Ahora que conoces lo que exige la Ley Federal del Trabajo y los beneficios de implementar los Documentos Laborales Complementarios, ¿Cómo los puedes implementar?

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Este programa consta de 5 módulos, y en el tercero de ellos se implementan los Documentos Laborales Complementarios para todos y cada uno de tus trabajadores. Conoce más a fondo este tercer módulo y descubre el impacto positivo en protección legal que tendrá en tu empresa. 

Módulo de Documentos Laborales Complementarios.

Te mostramos la estrategia paso a paso para blindar tu patrimonio. Todo se complementa con este tercer módulo.

Los documentos que podrás implementar en este módulo son:

  • Carta responsiva de vehículo. 
  • Carta responsiva de motocicleta. 
  • Reporte de faltante de dinero. 
  • Reporte de faltante de herramienta. 
  • Resguardo de dinero. 
  • Resguardo de equipo de protección de personal. 
  • Resguardo de herramienta.
  • Convenio de liquidación a la viuda o beneficario por muerte del trabajador. 
  • Convenio de terminación laboral. 
  • Renuncia. 
  • Pago de finiquito.
  • Aviso de suspensión temporal de la relación de trabajo.
  • 30 documentos más…

Los servicios que este módulo incluye son:

  • Planeación legal laboral de los documentos de acuerdo al giro, actividad patronal y a los puestos de trabajo de tu negocio. 
  • Elaboración de los documentos laborales de acuerdo al giro, actividad patronal y a los puestos de trabajo de tu negocio. 
  • Capacitación legal sobre la implementación y aplicación de los documentos de acuerdo al giro, actividad patronal y a los puestos de trabajo de tu negocio. 
  • 20 sesiones de asistencia legal laboral virtual con un abogado laboralista.  
"Mantener el cumplimiento de mis obligaciones patronales y la administración de mis relaciones laborales al más alto nivel me permite enfocarme en otrás areás de mi empresa sin mayores preocupaciones.
Alberto zapata
Dueño de Fumylsa
"La facilidad que otorga el Controlador para generar documentos y administrar los expedientes laborales me permite tener todo en orden para minimizar la posibilidad de conflictos y demandas laborales."
Omar Cañas
Gerente de Recursos Humanos OKKO Foods

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Una vez que implementas este módulo de nuestro programa, ¿Qué es lo que sigue?

  • Contrata nuestro Programa de Soporte y Asistencia Legal  de baja inversión denominado Controlador Laboral Soporte Patronal, con el cual podrás recibir atención virtual y presencial por nuestros abogados 24/7 todos los meses.
  • Implementa el resto de los módulos de este Plan de Blindaje Patronal Controlador Laboral. Contrata el resto de los módulos de este programa para maximizar el blindaje laboral de tu empresa. 
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