Uno de los mayores riesgos económicos al tener una pequeña o mediana empresa en México, son las demandas laborales.
En esta ocasión, te ejemplificamos el costo que tiene para el patrón llevar a cabo un procedimiento judicial laboral sin estar debidamente preparado con la documentación que exige la ley.
Documentos que debes conservar y exhibir en juicio
La Ley Federal del Trabajo en su artículo 805, señala como obligación del patrón el conservar y exhibir en caso de juicio ciertos documentos, ya que, de no hacerlo el Tribunal tendrá por cierto todo lo que el trabajador manifieste en su escrito de demanda. Dichos documentos son:
- Reportes de asistencia.
- Recibos de nómina.
- Recibos de pago de prestaciones.
- Contrato individual de trabajo —reglamentado en los artículos 24 y 25 de la misma ley—.
- Los demás que deban formar parte del expediente del trabajador.
Prestaciones a pagar
Estas son las prestaciones que deberás pagar al trabajador al finalizar el juicio. Calculemos su monto con un trabajador que gana $ 1,500.00 a la semana y $ 200.00 en percepciones extras, tales como bonos de puntualidad y asistencia o vales de despensa; que ha laborado en tu empresa por un periodo de cinco años.
INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL – $ 22,883.00
El artículo 123 constitucional y 48 de la ley del trabajo señalan una indemnización por despido injustificado, equivalente a tres meses de salario, que deberá pagarse con base en el Salario Diario Integrado. *
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* La Ley Federal del Trabajo distingue distintos tipos de salario de acuerdo a los cálculos que deban hacerse. Estos son: Salario Cuota Diaria, Salario Diario Integrado y Salario Tope.
SALARIOS CAÍDOS – $ 36,427.50
Suponiendo que el juicio tenga una duración de cinco meses, consiste en el importe de todos los días que el trabajador dejó de asistir a su centro de trabajo, desde que se realizó el despido hasta que se ejecute el laudo o sentencia.
PRIMA DE ANTIGÜEDAD – $ 14,517.00
También calculada en base al SDI¸ consiste en una indemnización por concepto de prima de antigüedad, correspondiente a 12 días de salario por cada uno de los años de servicio prestados.

PRESTACIONES – $ 6,964.00
Son todas aquellas percepciones que corresponden por ley al trabajador y que deben ser pagadas al momento de su liquidación. Comprenden las siguientes:
Aguinaldo: $ 3,214.20
Vacaciones: $ 2,999.92
Prima Vacacional: $ 749.98
Gastos adicionales
PRUEBAS PERICIALES Y DEMÁS DILIGENCIAS – $ 11,000.00
En caso de ser requerida, como lo es comúnmente, una prueba pericial en grafoscopía oscila entre los $ 10,000.00. Adicional a ella, deberán pagarse los gastos que se generen en la realización de las diligencias, por lo que añadiremos un monto extra de $ 1.000.00.
COSTO DE HONORARIOS – $ 16,250.00
El promedio de honorarios por la defensa de un juicio laboral oscila entre el 20 % y 30 % del valor de la demanda, asumiendo que se cobre el menor porcentaje.
Monto total
Calculemos el monto a pagar tras finalizar el juicio.
COSTES EMOCIONALES Y DE TIEMPO
Aunado a los gastos anteriores, no hay que dejar de lado el desgaste emocional que implica estar involucrado en un conflicto legal, así como el desperdicio de tiempo al asistir a juntas con los abogados, audiencias y demás diligencias extrajudiciales.
¿Cómo evito una demanda laboral?
Sin duda, la solución de primera mano para evitar conflictos con tus trabajadores es mantener una buena relación con los mismos y mantener al personal actualizado en las disposiciones impuestas en el Reglamento Interior de Trabajo, aunque esto no nos libera por completo del surgimiento de una inconformidad.
Si bien no puede restringirse al trabajador el derecho de acudir ante el Tribunal correspondiente a interponer una demanda en contra de su patrón, el contar con la debida preparación de documentos en tu empresa, te librará de pagar indemnizaciones infladas a los trabajadores a tu cargo al momento de rescindir las relaciones laborales.
Fuentes:
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley Federal del Trabajo, publicada en el D.O.F. el 1 de abril de 1970, última reforma publicada el 31 de julio de 2021, recuperado de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_Federal_del_Trabajo.pdf