Del artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo se desprenden las modalidades de los contratos individuales de trabajo, atendiendo a la duración de la relación laboral.
Si bien el más utilizado es el contrato por tiempo indeterminado, ya que incluso se presumirán de esta manera los contratos que no especifiquen expresamente su duración, deben preverse otras modalidades atendiendo más que a la duración del trabajo y a la naturaleza del mismo.
Entre dichas modalidades se encuentra el contrato individual de trabajo por temporada, a continuación, te explicamos qué es y cuándo podrá utilizarse.
¿Cuándo celebrar un contrato por temporada?
Cuando por cuestiones de carga de trabajo o cualquier otra causa, se requieran los servicios de un trabajador únicamente durante un periodo específico del año, ya sea por uno o varios años.
Este tipo de relación laboral tendrá todas y cada una de las cargas y derechos para ambas partes —patrón y trabajador— como si se tratase de una relación de trabajo por tiempo indeterminado.
Así lo determina el artículo 39-F de la Ley Federal del Trabajo:
Artículo 39-F. Las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado serán continuas por regla general, pero podrán pactarse para labores discontinuas cuando los servicios requeridos sean para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo, en los casos de actividades de temporada o que no exijan la prestación de servicios toda la semana, el mes o el año. Los trabajadores que presten servicios bajo esta modalidad tienen los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores por tiempo indeterminado, en proporción al tiempo trabajado en cada periodo.
Es así, que el contrato individual de trabajo por temporada es aquel en virtud del cual se establece una relación laboral por un ciclo determinado del año, por una sola ocasión o de manera continua.
Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo
En complemento de lo anterior, la Ley señala en su artículo 42 como causas de la suspensión temporal de las obligaciones para patrones y trabajadores, entre otras, la conclusión de la temporada.
Dicha suspensión se extenderá desde el momento en que termine la temporada hasta el próximo ciclo, pudiendo ser uno o varios ciclos durante el año, atendiendo a las necesidades de la empresa.
Artículo 43. La suspensión a que se refiere el artículo 42 surtirá efectos:
V. En el caso de la fracción VIII, desde la fecha de conclusión de la temporada, hasta el inicio de la siguiente.
¿Qué derechos tienen los trabajadores por temporada?
Los trabajadores que se contraten bajo la modalidad por temporada gozarán de todos los derechos de una relación de trabajo por tiempo indeterminado, de manera proporcional al tiempo que prestaren sus servicios.
Es decir, las prestaciones o en su caso indemnizaciones que se deben calcular a su favor deberán calcularse de acuerdo al tiempo que estuvieron laborando, y no así por año calendario.
Así lo disponen en relación a vacaciones y aguinaldo, los siguientes artículos:
No obstante, al celebrar un contrato por temporada deberás acercarte a un profesional laboralista para cerciorarte de que se cumplan con todos y cada uno de los requisitos que establece la ley, en virtud de evitar cualquier tipo de conflicto.
Fuentes:
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley Federal del Trabajo, publicada en el D.O.F. el 1 de abril de 1970, última reforma publicada el 31 de julio de 2021, recuperado de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_Federal_del_Trabajo.pdf